Mediante este seguro se da cobertura a las indemnizaciones a las que haya que hacer frente por los daños que la embarcación pueda causar a terceros (seguro obligatorio) y cubre los daños producidos en la propia embarcación si usted desea dicha cobertura.
Las embarcaciones obligadas a contratar este seguro son: todas las propulsadas a motor (incluso motos acuáticas), del resto sólo las que tengan más de 6 m. de eslora y también, embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas españolas.
Si su embarcación tiene uso diferente no dude en consultarnos igualmente y le buscaremos la mejor opción.